
Funciones del Administrador de Fincas
-
Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
-
Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
-
Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o , en su caso, a los propietarios.
-
Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efecturar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
-
Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
-
Todas las demas atribuciones que se confieran por la Junta